Igualdad laboral

En CEOE Aragón, llevamos más de 10 años ayudando a pequeñas y grandes empresas a evolucionar en este campo, con la implantación y mejora de Planes de Igualdad, la formación de responsables, actividades informativas e intercambio de buenas prácticas .  

 

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  • SITIO WEB con herramientas y novedades para la empresa desarrollado por los agentes sociales de Aragón (CEOE, CEPYME, CCOO y UGT)

 

POR QUÉ:

  • La igualdad es una cuestión estratégica que aporta valor a las empresas y debe formar parte de su cultura. Avanzar en esta materia incrementa la productividad de los equipos humanos, mejorando su motivación y reduciendo el absentismo. Además, favorece la atracción y retención de talento, así como el desarrollo de carreras profesionales positivas para las personas y el tejido productivo.
  • El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, amplió a todas las empresas de 50 o más trabajadores la obligación de implantar un Plan de Igualdad (frente a las de más de 250 fijada con anterioridad). El plazo para que las empresas cuenten con él varía en función de su volumen de plantilla:

                - De 50 a 100 personas en plantilla =7 de marzo de 2022 

                - Entre 101 y 250 personas empleadas = en fases sucesivas desde 2020 y 2021
               

  • La empresa que elabora e implementa su propio Plan de igualdad está contribuyendo a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenibles (ODS5) de la Agenda 2030, reforzando su compromiso de forma transparente y orientada a la eliminación de cualquier posible discriminación por género.

¿HAY QUE REGISTRAR EL PLAN DE IGUALDAD?

Desde la reforma del Real Decreto-Ley 6/2019, todas las empresas que tengan elaborado un plan de igualdad, independientemente de si es por obligación impuesta por convenio colectivo o por número de trabajadores, o si es una decisión voluntaria, tienen que inscribir su plan de igualdad en el Registro de Planes de Igualdad.

Mientras se procede al desarrollo reglamentario en el que se establecerán las características de dicho Registro, todos los planes de igualdad se deben registrar en la herramienta actualmente disponible: REGCON, de la que formará parte el futuro registro. 

Por tanto, debe incluirlo dentro de la pestaña "Sin Antecedentes (Nuevo Acuerdo)", 

señalar la empresa, 

marcar "Acuerdos sobre planes de igualdad 2.1f)".

señalar el ámbito geográfico

y añadir toda la documentación oportuna.

 

NORMATIVA Y HERRAMIENTAS DE INTERÉS

  • Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Texto BOE pdf
  • Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Texto BOE pdf
  • Consulta la normativa nacional vigente en la página web del Ministerio de Igualdad
  • Consulta el Manual de buenas prácticas en materia de igualdad elaborada por el Grupo de Trabajo sobre Planes de Igualdad en las empresas del Consejo de Relaciones Laborales de Aragón, del que formamos parte los agentes sociales autonómicos, el Gobierno de Aragón y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.