Contratas
La Ley de Prevención exige en su artículo 24 sobre coordinación
de actividades empresariales, que cuando en un centro de trabajo desarrollen
su trabajo varias empresas deben coordinar sus actuaciones para aplicar
la normativa de prevención, estableciendo los medios preventivos
necesarios e informando a sus respectivos trabajadores.
Los trabajadores autónomos contratados por una empresa están
incluidos dentro de estos deberes.
El
titular del centro de trabajo debe asegurarse que las empresas que
trabajan dentro de sus instalaciones reciban la información
de riesgos existentes en el centro y la trasladen a sus trabajadores.
Dicha información deberá ser actualizada cuando cambien
las condiciones de trabajo en dicho centro de trabajo.
Asimismo
deberá conocer los riesgos correspondientes a las tareas
que dicha contrata pueda originar para sus trabajadores, y supervisar
el efectivo cumplimiento de la normativa de prevención.
La
documentación debe archivarse como registro de Prevención
de Riesgos Laborales.
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